
El Licenciado Ricardo Domínguez Parra, Socio Director de la Firma, al haber cumplido los requisitos previstos en la ley se encuentra capacitado, certificado y registrado por el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal como Mediador Privado Certificado Número 295, lo que lo faculta para conducir el procedimiento de mediación e intervenir como facilitador de la comunicación y la negociación entre particulares involucrados en una controversia.
Siendo la Mediación el procedimiento voluntario por el cual dos o más personas involucradas en una controversia, buscan y construyen una solución satisfactoria a la misma, con la asistencia de un tercero imparcial denominado mediador quien, a través del diálogo y la tolerancia, mediante procedimientos basados en la prontitud, la economía y la satisfacción de las partes, pretende evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso y poner fin a los ya iniciados.
La Mediación procederá en los siguientes supuestos:
¿Tienes algun caso que requiera ser mediado?
Permitenos ayudarte, estaremos complacidos en apoyarte.
Somos mediadores certificados
mediación
PREGUNTAS FRECUENTES
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¿Qué es la mediación?
La mediación es un proceso voluntario, confidencial, no judicial y flexible, por medio del que las partes involucradas en un conflicto toman control de manera responsable de sus decisiones para satisfacer sus intereses y necesidades, a través de un tercero neutral e imparcial -el mediador- quien procurará la revalorización y reconocimiento mutuo de las partes, respetando su identidad para que ambas obtengan el mayor beneficio con un mínimo desgaste emocional, económico y de tiempo. -
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¿Quién es el mediador?
El mediador es un poderoso agente de cambio social que se encarga de facilitar que otras personas resuelvan en sus propios términos sus conflictos o diferencias.
El mediador es un poderoso agente de cambio social que se encarga de facilitar que otras personas resuelvan en sus propios términos sus conflictos o diferencias -
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¿Cuál es la diferencia entre un Mediador y un Mediador Privado Certificado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal?
En el caso del Distrito Federal, los Mediadores Privados Certificados por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, se encuentran dotados de fe pública para la celebración de los propios convenios de mediación. Con esto se garantiza la certeza jurídica de los mediados ya que los convenios emanados de este proceso son cosa juzgada.
Con la figura jurídica del Mediador Privado Certificado, el Estado (Tribunal) busca brindar a la población un medio alterno de solución de sus controversias, sin tener que erogar grandes cantidades de dinero y sin tener que esperar a que se resuelvan los interminables juicios. Se trata de la justicia en manos de los propios interesados y no en manos del Estado. -
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¿Cuáles son las funciones de un mediador?
- Reducir la hostilidad y establecer una comunicación eficaz.
- Ayudar a las partes a comprender las necesidades y los intereses del otro.
- Formular preguntas que pongan de manifiesto los intereses reales de cada parte.
- Ayudar a formular acuerdos que resuelvan los problemas actuales.
- Generar espacios de confianza y de comunicación favoreciendo la comprensión de las necesidades e intereses de las partes.
- Favorecer el equilibrio de poderes entre los mediados, favoreciendo una negociación en igualdad de condiciones.
- Dirigir el proceso de mediación.
- Elaborar el convenio y registrarlo en el Tribunal Superior de Justicia del D.F.
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¿Cuáles son los beneficios de la mediación?
- Es económica.
- Es ágil, dinámica y eficaz. El tiempo promedio para resolver un conflicto es de cuatro sesiones. Cada sesión es de una hora y media.
- Resultados satisfactorios para ambos mediados.
- Empoderamiento personal. Las personas toman control de sus decisiones.
- Certeza jurídica: Los convenios celebrados ante mediador privado certificado se equiparan a la sentencia ejecutoriada de un Juez que ya no admite apelación alguna. Son cosa juzgada.
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¿Cuál es la relación de la mediación con otras profesiones?
La mediación es una herramienta muy útil para todos aquellos profesionales que brindan asesoría, consultoría y representación, en aras de que sus clientes resuelvan sus problemas de manera rápida, sencilla, eficiente, económica y con plena certeza jurídica. -
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¿Pueden acudir a la sesión de mediación los abogados en representación de las partes?
Debido al carácter de encuentro personal y participativo de este proceso, son los mediados quienes directamente gestionan el conflicto y exploran vías de solución al mismo, por lo que idealmente los interesados deben acudir a las sesiones. Dependiendo de cada caso y de la calidad de la persona (comerciante, empresa, etc.) y de la materia, sería posible que un tercero debidamente acreditado represente a algún mediado. -
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¿Pueden las partes llevar un abogado u otro asesor a la sesión de mediación?
Dada la naturaleza personal de la mediación es preferible que los mediados acudan sin abogado a las sesiones de mediación. Ahora bien, ello no implica que las partes no puedan tener su propio abogado, pues al igual que en otras materias, hay temas que deben ser consultados por los mediados con expertos o profesionales de diversas áreas, como la contable, financiera, arquitectónica y legal. Si una parte planea llevar un abogado u otro representante a la sesión de mediación, puede tratar este tema con el mediador antes de la sesión. -
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¿Puede el mediador asesorar a los mediados?
No, el mediador se encuentra impedido para emitir opiniones legales o asesorar a los participantes en el proceso de mediación, pues debe observar en todo momento los principios de neutralidad e imparcialidad. Para ello los mediados pueden asesorarse con profesionales dependiendo de la naturaleza del propio conflicto. -
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¿Quién elabora el convenio de mediación?
El convenio en que se plasmen los acuerdos a que lleguen los mediados, es elaborado por el Mediador Privado Certificado y Registrado por el Tribunal Superior de Justicia del D.F., quien se encargará de redactarlo y sancionarlo con la fe pública que la ley le confiere, brindando con ello una certeza jurídica total. -
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¿Por qué debería ir la mediación?
La mediación es el mejor sistema de gestión de conflictos. Un altísimo porcentaje de quienes acuden a mediación resuelven sus controversias y llegan a un acuerdo.. A través de la mediación usted comprenderá mejor el verdadero conflicto, lo que le permitirá evaluar sus fortalezas y riesgos si va a juicio.
La mediación da a las personas involucradas la oportunidad de encontrar la mejor solución mirando su propio comportamiento y el de los demás. En mediación las personas construyen sus propios acuerdos y soluciones, por lo que las posibilidades de obtener resultados exitosos aumenta. La mediación está orientada hacia el futuro, por lo que da a la gente la oportunidad para reconstruir las relaciones mientras trabajan en soluciones. Los mediados aprenden cómo hacer frente a sus diferencias, lo que reduce la posibilidad de conflictos futuros. La mediación es generalmente mucho menos costosa y más rápida que cualquier otro medio de gestión de conflictos.
La mediación es privada y confidencial. Usted controla el resultado no "el juez". Lo que consideras que es importante será planteado en mediación. -
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¿Qué tipo de problemas pueden ser mediados?
Prácticamente todos los conflictos y todas las materias pueden ser mediados, aunque solamente en asuntos mercantiles, civiles y familiares nuestros convenios serán documentos públicos con efectos de cosa juzgada. En su caso, el mediador le indicará atendiendo a cada caso si su problema es candidato para atenderse a través de mediación.
En otro tipo de conflictos y materias, como laboral, escolar, etc., la mediación brindará todos sus beneficios para que los involucrados resuelvan sus problemas a través de un convenio privado. -
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¿Cuál es el papel del mediador?
El mediador es un tercero neutral que facilita el proceso para ayudar a las personas a identificar lo que necesitan, sus intereses, aclarar cualquier tema, explorar posibles soluciones y llegar a su propio acuerdo. Un mediador no tiene autoridad para dar consejos, tomar decisiones, u obligar a los mediados a aceptar una u otra propuesta.
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¿Cuánto tiempo dura la mediación?
Las sesiones de mediación duran una hora y media. El número de sesiones celebradas depende del conflicto, de las partes involucradas y de la complejidad del caso. En promedio en cuatro sesiones se resuelve en conflicto y se celebra el convenio correspondiente. -
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¿Cuánto cuesta la mediación?
Los honorarios del Centro de Mediación Privada México se basan en los servicios prestados y serán establecidos dependiendo del conflicto, del número de personas involucradas y de la complejidad del problema. Los servicios de mediación son económicos atendiendo a sus múltiples beneficios, y mucho más accesibles que otros sistemas de resolución de conflictos, incluyendo los procesos judiciales o el arbitraje. -
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¿Qué pasa si una de las partes se niega a mediar?
Debido a que la mediación es un proceso voluntario, si una de las partes en la controversia se niega a participar en la mediación, será imposible llevarla a cabo. -
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¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo?
Si los mediados no pueden llegar a un acuerdo, conservan su derecho de llevar la disputa a un tribunal u otra autoridad para la resolución de su conflicto.. Incluso si la mediación no da lugar a un acuerdo, las personas a menudo informan que la mediación les ayudó a aclarar y comprender mejor las cuestiones de la controversia.
La mediación es una oportunidad única de solución de conflictos de manera civilizada, amigable y no adversarial, mediante la cual se logran los fines primordiales del derecho: la justicia, la paz y el bien común. -
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¿En qué lugar se lleva a cabo la mediación?
La mediación se desarrolla en nuestras instalaciones, en una sala de mediación decorada apropiadamente para crear un ambiente apto en donde las personas se sientan cómodas y dispuestas a resolver sus diferencias. -
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¿Qué valor tiene el acuerdo celebrado en mediación?
Los convenios celebrados ante un Mediador Privado Certificado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, son documentos públicos de acuerdo con la fracción X del artículo 327 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Estos convenios son cosa juzgada de conformidad con la fracción VII del artículo 426 del código antes invocado. -
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¿Qué es cosa juzgada?
Es una figura jurídica vinculada al principio de seguridad jurídica. El valor de cosa juzgada se refiere al momento procesal en que una resolución judicial es firme, y ya no admite ningún recurso legal que pueda modificarla o revocarla. En consecuencia, no puede volverse a entablar un proceso cuyo objeto sea idéntico a otro anterior con el que haya identidad de causa, sujetos y objeto. Existen algunas excepciones a la cosa juzgada, como son los alimentos, ya que dependiendo de las circunstancias de cada momento se irán actualizando o modificando. -
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¿Si mi conflicto ya está en un tribunal y quiero llevarlo a mediación, que sucede?
Se puede solicitar al Juez que suspenda el proceso hasta por dos meses para iniciar el proceso de mediación y tratar de solucionarlo a través de un acuerdo. -
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¿Cómo sé que toda la información expuesta en el proceso de mediación esta resguardada?
El proceso de mediación es confidencial. Al inicio del proceso de mediación se firma un convenio de confidencial, mismo que es celebrado por todos los involucrados incluyendo al propio mediador. -
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¿Qué sucede si la otra persona no cumple con el acuerdo establecido?
Los convenios emanados del proceso de mediación llevado ante un Mediador Privado Certificado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, son ejecutables en vía de apremio ante la autoridad judicial competente. Ello atiende a su carácter de documentos públicos equiparados a sentencia ejecutoriada que producen efectos de cosa juzgada. -
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¿Por qué es conveniente la mediación?
El dialogo siempre es la mejor forma de prevenir y solucionar conflictos. Antes de pelear la gente debe de agotar el recurso del diálogo. Si un problema se previene o se resuelve a través de mediación, se estará ahorrando dinero, desgaste, y tiempo. -
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¿Si una persona ya no quiere continuar con la mediación, cual es la consecuencia?
Ninguna. El proceso de mediación es voluntario. -
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¿Existe algún código, ley, reglamento o documento oficial que regule la mediación?
Sí, existen diversos dispositivos legales que regulan la mediación en el Distrito Federal, como la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y su Reglamento, el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal, Ley Registral para el Distrito Federal, Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y Reglas del Mediador Privado. -
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FUENTE:
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http://www.pnaj.org.mx/mediacion-privada/
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